Enclave Concursal

Tipos de Concurso de Acreedores

 Existen tres tipos principales de procedimientos relacionados con la insolvencia de una empresa o individuo, que se conocen comúnmente como “concurso de acreedores”. Estos procedimientos se regulan principalmente en la Ley Concursal (Ley 22/2003, de 9 de julio). Los tres tipos de procedimientos son:

Concurso de Acreedores Voluntario

En este caso, la propia empresa o individuo con una situación financiera difícil presenta la solicitud de concurso de acreedores ante el juzgado. Está regulado en el Real Decreto 1/2020 que aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal. La solicitud debe ir acompañada de la documentación necesaria que demuestre la insolvencia y la viabilidad del negocio. El objetivo principal que se persigue con este procedimiento es el de alcanzar acuerdos de pago entre el deudor y sus acreedores con el fin de evitar la quiebra. Al declararse el concurso la entidad involucrada queda amparada bajo la protección legal que este proceso ofrece frente a cualquier acción de los acreedores.

Concurso de acreedores voluntario
Concurso de acreedores necesario

Concurso de Acreedores Necesario

Si los acreedores presentan una solicitud de concurso ante el juzgado debido a la insolvencia del deudor, se trata de un concurso necesario. Esto ocurre cuando los acreedores creen que el deudor no está actuando de manera diligente para solventar su situación financiera.

Concurso de Acreedores de Personas Físicas Naturales. No Empresarios
Conocido como Ley de Segunda Oportunidad

Este procedimiento está destinado a individuos que no están actuando como empresarios, pero que se enfrentan a problemas financieros graves. La finalidad es permitirles reestructurar sus deudas y alcanzar acuerdos de pago con sus acreedores. Al igual que los tipos de concurso de acreedores anteriores esta posibilidad queda amparada bajo la protección legal frente a cualquier acción de los acreedores.

Concurso de acreedores de personas físicas - ley de segunda oportunidad

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