Concurso de acreedores Concurso Necesario | Sobreseimiento generalizado como indicio de insolvencia. AUTO de la Audiciencia Provincial de Barcelona
Análisis del sobreseimiento generalizado en los pagos como indicio de insolvencia
En relación al sobreseimiento generalizado en los pagos, sostenemos que, como indicio de insolvencia, debe ser generalizado, excluyendo situaciones de impagos esporádicos o aislados.
Se analiza la situación de una empresa, XX INVESTMENTS, en relación con un posible concurso de acreedores. Se debate si la empresa se encuentra en situación de sobreseimiento generalizado en los pagos, uno de los indicios que puede llevar a la declaración de insolvencia.
En este caso, el Juzgado no solo niega una cesación completa en los pagos, sino que también afirma sin suficiente fundamento que el solicitante del concurso no acredita, ni siquiera de manera indicativa, que la demandada tenga múltiples acreedores. Esto es contradictorio, ya que la solicitud que enumera, con sus denominaciones sociales, a los acreedores personas jurídicas y, con nombre y apellidos, a las personas físicas.
El sobreseimiento generalizado en los pagos como un hecho revelador de la insolvencia.
La parte recurrente apela a la existencia del sobreseimiento generalizado en los pagos como motivo para la admisión a trámite del concurso necesario de la empresa demandada.
El tribunal reitera su postura sobre el sobreseimiento generalizado: este debe ser efectivamente general, excluyendo impagos esporádicos o aislados. En este caso, el juzgado de primera instancia había denegado la solicitud de concurso al considerar que no se acreditaba la pluralidad de acreedores.
La parte recurrente argumenta en contra de esta decisión, aportando diversas pruebas que, a su juicio, demuestran el sobreseimiento generalizado:
- Relación de acreedores: La solicitud inicial ya incluía a varios acreedores, tanto personas jurídicas como físicas.
- Cargos sobre bienes inmuebles: La existencia de hipotecas de gran cuantía, embargos y prohibiciones de disponer sobre las propiedades de la empresa evidencian dificultades financieras.
- Deudas de elevada cuantía: La propia acreedora posee un crédito de gran importe.
- Existen anotaciones en el registro de la propiedad que revelan deudas con otras entidades.
A la vista de estas pruebas, el tribunal estima el recurso y ordena la admisión a trámite del concurso necesario, incluyendo a la empresa YY CAPITAL LLC, aunque en este caso no se acrediten documentalmente otras deudas más allá de la de la actora, pero sí se identifican otros acreedores.
La demostración de la existencia real de un sobreseimiento generalizado en los pagos como indicio de insolvencia fue de vital importancia a la hora de determinar la admisibilidad del concurso necesario. La existencia de una pluralidad de acreedores y de dificultades financieras relevantes para atender las obligaciones son factores clave a considerar.
Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Roj: AAP B 10865/2023 – ECLI:ES:APB:2023:10865A
Id Cendoj: 08019370152023200119
Órgano: Audiencia Provincial
Sede: Barcelona
Sección: 15
Fecha: 16/10/2023
Nº de Recurso: 162/2023
Nº de Resolución: 114/2023
Procedimiento: Recurso de apelación
Ponente: LUIS RODRIGUEZ VEGA
Tipo de Resolución: Auto
Resoluciones del caso: AJMer, Barcelona, núm. 4, 29-07-2022,
AAP B 10865/2023[…]
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva del auto apelado es del tenor literal siguiente:
“Decido inadmitir la solicitud de concurso necesario de la sociedad Lfin Capital LLC (antiguamente Litexco
Finance LLC) presentada por doña Bárbara “
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el solicitante del concurso.[…]