Concurso de Acreedores Presupuestos de la declaración de concurso
En la declaración de concurso de acreedores concurren tres tipos de presupuestos.
1. Presupuesto subjetivo
Se refiere a la naturaleza del deudor. La Ley Concursal establece que pueden ser declarados en concurso:
- Empresarios: Personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica organizada en forma de empresa.
- No empresarios: Personas físicas (naturales) que no sean empresarios, pero que tengan dos o más acreedores y no puedan cumplir con todas sus obligaciones de pago. En este caso aplica la Ley de la Segunda Oportunidad.
2. Presupuesto objetivo
Se refiere a la situación de insolvencia del deudor. La Ley Concursal define dos tipos de insolvencia:
- Insolvencia actual: Cuando el deudor no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago vencidas.
- Insolvencia inminente: Cuando se prevea que el deudor no podrá cumplir regularmente con sus obligaciones de pago que venzan en el plazo de los dos próximos años.
3. Presupuesto formal
Se refiere a la presentación de una solicitud de concurso ante el juez de lo mercantil.
Los presupuestos en la declaración de concurso se refieren a la presentación de un plan detallado de ingresos y gastos por parte del deudor insolvente, que es sometido a la aprobación del juez y de los acreedores en el proceso de concurso de acreedores. La Ley Concursal establece un marco legal para la reestructuración de deudas y la liquidación de activos del deudor insolvente.
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Elaboración de los presupuestos: El deudor insolvente, bajo la supervisión del administrador concursal (designado por el juez), debe preparar los presupuestos que reflejen los ingresos estimados y los gastos previstos durante el período del concurso.
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Presentación ante el juez y los acreedores: Una vez elaborados, los presupuestos deben presentarse al juez del concurso y a los acreedores para su revisión y aprobación.
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Finalidad de los presupuestos: Los presupuestos en la declaración de concurso tienen como objetivo principal ofrecer transparencia sobre la situación financiera del deudor insolvente y establecer un plan para la gestión de los recursos durante el proceso concursal.
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Aprobación de los presupuestos: Tanto el juez como los acreedores tienen la facultad de aprobar o rechazar los presupuestos presentados. En caso de discrepancia, se pueden realizar negociaciones o modificaciones para alcanzar un acuerdo.
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Control y seguimiento: Una vez aprobados, los presupuestos se convierten en una guía para la gestión financiera durante el concurso. El administrador concursal supervisará el cumplimiento de los presupuestos y realizará los ajustes necesarios según sea requerido.
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Modificación de los presupuestos: Si las circunstancias cambian significativamente durante el proceso concursal, los presupuestos pueden modificarse previa autorización del juez y con la debida comunicación a los acreedores.
Los presupuestos en la declaración de concurso en son una herramienta fundamental para la gestión financiera durante el proceso concursal, brindando transparencia y estableciendo un plan para la administración de los recursos disponibles. Su elaboración, presentación, aprobación y seguimiento son aspectos cruciales en la resolución de la insolvencia y la protección de los intereses de los acreedores y el deudor.