Concurso de acreedores calificado culpable
La administración concursal califica el concurso como culpable por irregularidades contables. Según el juez esto carece de explicación e indica que se debe declarar fortuito
La insuficiencia de la explicación de la AC sobre la supuesta irregularidad contable
La administración concursal (AC) ha fundamentado su calificación del concurso como culpable en la presunta existencia de una irregularidad contable consistente en la sobrevaloración de los activos de la empresa concursada. Sin embargo, un análisis detallado de los elementos aportados al expediente revela la insuficiencia y falta de rigor de esta afirmación.
La hipótesis de una sobrevaloración de activos debido a una pérdida de valor contable de las existencias no parece sustentada. En primer lugar, la AC sostiene que la disminución de las ventas justificaría una pérdida de valor contable de las existencias. No obstante, los propios datos aportados por la AC demuestran que el nivel de ventas se mantuvo razonablemente estable entre los años 2017 y 2018, lo que contradice la hipótesis de una correlación directa entre la disminución de las ventas y la supuesta sobrevaloración de las existencias. Esta incongruencia pone en duda la solidez de la argumentación de la AC.
En segundo lugar, la AC no ha demostrado la magnitud de la supuesta irregularidad contable ni cómo afectó específicamente a las cuentas de la empresa; no ha concretado en qué medida se produjo la supuesta sobrevaloración. Se desconoce la rotación de las existencias durante el período analizado, el valor contable real que deberían haber tenido y el alcance exacto de la reducción. Esta falta de precisión impide evaluar de forma objetiva la relevancia de la supuesta irregularidad en las cuentas de la concursada.
Reducción del valor de las existencias
Es importante resaltar que la AC, en su inventario, aplicó una reducción del valor de las existencias en un 50% sin haber cuestionado si el valor contable inicial de esas existencias era correcto o no. Esta actuación genera incertidumbre, ya que una reducción de tal magnitud requiere una justificación detallada que demuestre la pertinencia del ajuste. Sin una evaluación rigurosa sobre el valor contable real de los activos, no es razonable asumir que existe una sobrevaloración, ni mucho menos que esta haya sido una irregularidad que justifique calificar el concurso como culpable.
La ausencia de una causa cierta y la calificación del concurso
En conclusión, ante la falta de una causa cierta y objetiva que justifique la supuesta sobrevaloración de las existencias, así como la ausencia de datos precisos sobre el alcance y la relevancia de esta irregularidad, no puede sostenerse, con el rigor exigible en materia contable, la existencia de una irregularidad contable que permita calificar el concurso como culpable.
La calificación del concurso como culpable es una decisión de gran trascendencia, ya que puede tener importantes consecuencias para los administradores y para los acreedores. Por ello, es fundamental que esta calificación se base en pruebas sólidas y en una valoración rigurosa de la situación contable de la empresa.
En el caso que nos ocupa, la falta de pruebas contundentes y la existencia de contradicciones en la argumentación de la AC aconsejan estimar el recurso de apelación y concluir que el concurso debe calificarse como fortuito. Esta decisión se ajusta a los principios de prudencia y justicia, y garantiza una mayor seguridad jurídica en el proceso concursal.